La Corte Constitucional instó al Consejo Superior de la Judicatura para que dote de tecnología suficiente a las salas de audiencias, para lo cual el Gobierno deberá destinar recursos que permitan, no solo grabar las audiencias de juicio oral, sino filmarlas.
El pronunciamiento se dio en el fallo que declaró exequible el artículo 454 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), referente al principio de concentración que rige estas diligencias.
Según Nilson Pinilla, presidente de la corte, la filmación de la audiencia servirá para no repetir la audiencia de juicio oral, como lo dispone la norma, cuando se suspende por un lapso prolongado que incida en la memoria de las partes. Además, señaló que la grabación permitirá visualizar el lenguaje corporal de las partes, determinante para que el juez observe el grado de certeza, transparencia y apego a la verdad con la que se dirigen los procesados y los testigos.
Fuente: http://elblogdeambito.blogspot.com/2010/02/audiencias-de-juicio-oral-deberan.html